La primera normativa cannábica estableció que solo se aplicaría el Reglamento de Estupefacientes para la comercialización internacional de la planta; sin embargo, el Ejecutivo nunca respetó esta disposición y aprovechó la inclusión del cultivo asociativo para modificar los artículos que ha venido incumpliendo. Representantes del Estado y de la sociedad civil, se reunieron en el local del Colegio Químico Farmacéutico del Perú para dialogar al respecto.
[La Digemid mantiene a la cannabis en la misma lista que cocaína, fentanilo, metadona y otras sustancias con efectos nocivos que no posee la planta, como lo ha reconocido la OMS.]
En un contexto en el que los informales dominan el mercado del cannabis para uso medicinal en Perú, el Gobierno amplía las barreras burocráticas y las amenazas de denuncias penales para los laboratorios farmacéuticos y las asociaciones registradas mientras la competencia desleal comercializa libremente en las calles y por Internet.
Con el 68% de pacientes accediendo a través de productores informales y con apenas el 2.4% del total de posibles prescriptores recetando la planta (revisar último informe de Sativa Info), el Poder Ejecutivo busca aumentar las restricciones al acceso. Cuatro años después del primer Reglamento cannábico (Decreto Supremo Nº 005-2019-SA), en lugar de avanzar, el Gobierno busca retroceder y ha convertido en norma sus incumplimientos.
Según el primer Reglamento cannábico, los productos de "cáñamo" o cannabis no psicoactivo, con menos de 1% de delta-9-tetrahidrocannabinol (THC), eran sustancias no controladas (Artículo 2.2) y los de cannabis para uso medicinal, con igual o más de 1% de THC (Artículo 2.10), estaban excluidos del Reglamento de Estupefacientes dentro del territorio nacional.
Sin embargo, eso ha sido "letra muerta" y los pacientes han tenido que presentar recetas médicas para la compra de productos de "cannabis no psicoactivo", las cuales son retenidas en establecimientos farmacéuticos autorizados, incluida la farmacia institucional de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), que comercializa extractos estandarizados de cannabidiol (CBD). Además, para la compra de productos de "cannabis para uso medicinal", los pacientes tienen que presentar recetas especiales retenidas que solo tienen vigencia de 30 días, ya que Digemid exige a los establecimientos con licencia la aplicación del Reglamento de Estupefacientes, pese a que la normativa dice lo contrario. Con estos obstáculos al acceso formal, solo 12,632 pacientes, de un total de 38,936, han accedido a sus productos cannábicos a través de lugares autorizados.
Sin tomar en cuenta esta situación, aprovechando la modificación de la regulación cannábica por la Ley 31312, Ley de Producción Artesanal con Cultivo Asociativo (2021), el pasado 28 de febrero, el gobierno de Dina Boluarte publicó el Decreto Supremo N° 004-2023-SA, con el que se aprobó el segundo Reglamento cannábico. En esta nueva normativa, se ha eliminado la denominación "cáñamo" (Artículo 2.4) y se establece la aplicación del Reglamento de Estupefacientes a la comercialización nacional de cannabis para uso medicinal (Artículo 2.5).
Con estos cambios, el Ejecutivo busca incluir a la cannabis en la misma lista que cocaína, fentanilo, metadona, entre otras sustancias peligrosas con dosis mortal y alto potencial adictivo, características que la planta medicinal no posee, como han reconocido los informes del Comité de Expertos en Farmacodendencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Este segundo Reglamento cannábico entrará en vigencia el próximo 28 de agosto. Y ya que no se tomaron en cuenta las observaciones y advertencias de la sociedad civil en las más de 9 reuniones sostenidas con el Ejecutivo desde que se promulgó la Ley 31312, la Comisión de Salud del Congreso y el Colegio Químico Farmacéutico del Perú (CQFP) han convocado a reuniones. El 26 de mayo, en la tercera sesión de la mesa de trabajo, los funcionarios del Ministerio del Interior (Mininter) defendieron este retroceso y la inclusión de la cannabis en la lista de sustancias peligrosas.
En dicha reunión, que contó con la participación de representantes de pacientes, cultivadores y la academia, el coronel PNP Víctor Tuesta Castro desconoció las definiciones de cannabis establecidas en el primer Reglamento aún vigente, dijo que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) no hizo esta aclaración y negó la existencia de varias denominaciones de cannabis, como la de cáñamo como sustancia no controlada. El representante del Mininter también dijo que el Código Penal sanciona todas las actividades de tráfico ilegal y sostuvo que aplicar el Reglamento de Estupefacientes a la comercialización nacional de cannabis no debería ser un problema para los pacientes.
Tuesta Castro no consideró que los pacientes se ven afectados porque, debido al limitado acceso que se tiene a los productos clasificados como estupefacientes, los usuarios deben pagar por nuevas recetas médicas para cada producto, lo cual se convierte en un gasto de bolsillo de por vida para las personas con enfermedades crónicas. De acuerdo a información oficial obtenida por Sativa Info, los inscritos en el Registro Nacional de Pacientes Usuarios de Cannabis (RENPUC) usan la planta y sus derivados para tratar los síntomas de ansiedad, artritis, artrosis, cáncer, diabetes, dolores (agudos, crónicos y neuropáticos), Parkinson, esclerosis múltiple, diversos tipos de epilepsia, neuropatías, entre otras enfermedades crónicas. El coronel PNP tampoco tomó en cuenta que no todos los médicos cuentan con el talonario para recetas de estupefacientes, lo que se refleja en que, en más de cuatro años de regulado el uso medicinal, apenas 1,718 médicos de un total de 69,833 han prescrito la planta y/o sus derivados, lo cual se explica también en el hecho de que ser médico cirujano colegiado no es garantía de tener conocimiento sobre la planta, sus efectos y el Sistema Endocannabinoide.
Ante ello, el Doctor en Medicina Daniel Radío, Secretario General de la Junta Nacional de Drogas de Uruguay, aclaró al Mininter de Perú que en su país la regulación fue en base al uso adulto (sin receta médica), demostró con estadísticas que el acceso libre a cannabis no ha traído efectos negativos en la salud pública y recomendó a las autoridades peruanas dejar de lado políticas prohibicionistas que, en cien años, no han demostrado eficacia.
Respecto a la innecesaria modificación al Código Penal que hizo la Ley 31312, el abogado penalista José Ugaz, invitado por la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH), recordó que, en Perú, la posesión y el cultivo para el propio consumo no están tipificados como delitos. "Solamente se sancionan los actos de comercialización; sin embargo, por una distorsión mental y por ignorancia, se ha sostenido que poseer y cultivar es un delito. El Código Penal es claro: solo constituye delito el tráfico ilegal", explicó. Además, el exprocurador señaló la contradicción que presenta el Estado peruano que, con dos leyes que reconocen que cannabis es medicinal, sigue criminalizando a quienes la cultivan.
"Si existe una sustancia que se ha probado que es positiva para la salud, resulta incongruente que esa sustancia sea mezclada con hechos criminales o delictivos. El problema con la legislación peruana ha sido de mala técnica legislativa", señaló.
Respecto a la nueva regulación cannábica que incluye a la Producción Artesanal con Cultivo Asociativo, Ugaz señaló que "todas las violaciones e infracciones lo único que traen como consecuencia legal serán sanciones administrativas o multas". "Nadie puede ir a la cárcel porque no se cumple con una de las disposiciones del Reglamento. La frontera penal solo se cruza cuando hay tráfico ilegal", dijo.
El jurista advirtió que si se elimina la denominación "cáñamo" como sustancia no controlada y se aplica el Reglamento de Estupefacientes a la comercialización nacional de cannabis, se le van a dar "más instrumentos a aquellos operadores de justicia que no han terminado de entender que la posesión y cultivo para el propio consumo no son delitos". Para Ugaz, el cambio impuesto por el Ejecutivo "se va a prestar a arbitrariedades de las autoridades por ignorancia o por corrupción".
Como ejemplo de la situación de criminalización y corrupción a la que están expuestos los cultivadores medicinales, el presidente de la Asociación Ámbar, Luis Gavancho, compartió su denuncia por lo ocurrido el pasado 25 de abril: sin presencia de fiscal ni flagrancia, dos vehículos lo interceptaron en Chorrillos y seis personas, tres de ellas con chaleco de Policía y uno de nacionalidad extranjera, se subieron a su camioneta para increparle que se dedicaba al cultivo de cannabis y que debía ir a una comisaría. Luego de responder que había estado en el Mininter denunciando el riesgo de estos sucesos, se dieron a la fuga pero le dejaron claro que estaba siendo reglado. Esta denuncia fue enviada al Mininter por el congresista Edward Málaga Trillo y, hasta la fecha, no hay respuesta.
"¿Cómo nos aseguramos que estos abusos disminuyan o se detengan? En la calle tenemos otra realidad", dijo el congresista Málaga en la mesa de trabajo.
En febrero pasado, Gavancho envió una carta y sostuvo una reunión con el coronel Walter Olivos, a quien pidió garantías para las asociaciones cannábicas que están en proceso de formalización, ya que se supo que la Fiscalía está investigando a efectivos policiales por cobrar cupos a aquellos que venden cannabis libremente (sin receta médica).
Por su parte, la paciente Juana Olazábal, de la Federación de Cannabis Medicinal (FECAME), advirtió de los riesgos que corren los usuarios medicinales a ser discriminados por efectivos policiales desinformados, señaló la necesidad de permitir la venta libre de "cannabis no psicoactivo" y de flexibilizar el acceso a productos con igual o más de 1% de THC, y precisó que la vaporización de flores de cannabis viene siendo usada por diversos pacientes.
Al respecto, el abogado Carlos Minaya, de la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Mininter, tuvo que pedir disculpas por su afirmación de que el lugar de residencia de los usuarios sería un factor a considerar al momento de una intervención policial. Sobre la denuncia de presunto abuso de autoridad o extorsión, anunció que harán un informe para ver la forma en la que los policías tengan conocimiento de la regulación cannábica y respeten los derechos de los pacientes y cultivadores. Por otro lado, sobre el nuevo Reglamento, reconoció que anteriormente no se ha escuchado a las personas directamente involucradas con el cultivo y adelantó que el Mininter está trabajando en un protocolo de seguridad especial para asociaciones, el cual está avanzado en un 95%.
"Vamos a capacitar a las asociaciones para que tengan conocimiento de que se trata. Antes de que sea publicado, vamos a explicarles para recoger opiniones u observaciones, para que sea consensuado y sea viable", dijo Minaya.
Sin embargo, el representante del Mininter dio a entender que no se modificaría el Reglamento publicado en febrero pasado. "Una directiva no puede modificar un Decreto Supremo, pero queremos hacer más amigable esta norma para que tengan acceso los pacientes", dijo.
Respecto a la Fuente Semillera, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) informó que se ha reunido dos veces con cultivadores de asociaciones registradas y compartió una solución para registrar a las variedades de cannabis con las que se viene cultivando para pacientes en Perú. Carlota Marengo Sandoval, representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), explicó que el Registro de Oficio es para las variedades preexistentes que se vienen sembrando por más die diez años en el país y que no dispongan de origen genético conocido. Para ello, el Instituto de Innovación Agraria (INIA) deberá realizar ensayos de identificación. Al respecto, los representantes de las asociaciones cannábicas precisaron que no cuentan con plantas madres de con dicha antiguedad, ya que muchos cultivos se perdieron durante la cuarentena o por intervenciones policiales.
Sobre la investigación científica con cannabis, Ernesto Gozzer, Doctor en Salud Pública y profesor de la UPCH, señaló que la regulación no ha contribuido a la generación de conocimiento y limita los intentos de realizar investigación con la planta medicinal, por lo que es necesario que también se flexibilice. A solicitud de la mesa, Gozzer se comprometió a enviar propuestas de modificación por escrito. Por su parte, el químico farmacéutico Pedro Wong (UPCH) recordó que el tema de esta tercera sesión de la mesa de trabajo era la exclusión de la cannabis del Reglamento de Estupefacientes.
En esta reunión, también participaron Luis Kaqui y Carolina Rayme, de la FECAME, quienes recordaron que las demandas de los pacientes para garantizar un acceso seguro a cannabis vienen siendo compartidas con el Estado desde antes del 2017, cuando se promulgó la primera ley cannábica.
En el cierre de esta sesión de la mesa de trabajo sobre la regulación cannábica el asesor de la Comisión de Salud del Congreso, el médico César Palomino, concluyó que la posición del Ejecutivo ha sido ratificada y que "no hay consenso" sobre la exclusión de la cannabis del Reglamento de Estupefacientes y adelantó que habría una nueva reunión. Por su parte, la decana del CQFP, Sonia Delgado, destacó que el compromiso es con la salud pública y que el objetivo de estas reuniones es encontrar el equilibrio para todos los involucrados.
En esta reunión, estuvieron presentes los funcionarios Moisés Mendocilla, Judy Castañeda y Yisela Vargas, de la Digemid, institución que está a cargo del Reglamento, pero no intervinieron ni respondieron a las inquietudes de los representantes de la sociedad civil. Luego de concluida la mesa de trabajo, Castañeda y Vargas respondieron que consultarán con médicos de asociaciones registradas sobre el formato de justificación médica, que es requisito para obtener la licencia de producción artesanal con cultivo asociativo.
Cabe resaltar que no hubo ningún representante del Instituto Nacional de Salud (INS), que viene preparando una guía clínica sobre cannabis para uso medicinal, pero que solo reconocería los usos para cuatro patologías. Sin embargo, la realidad en Perú es otra: de acuerdo a información oficial obtenida por Sativa Info, la planta y sus derivados vienen siendo usadas, con receta médica, para tratar los síntomas de más de 35 diagnósticos.
A continuación, compartimos el informe sobre el acceso a cannabis para uso medicinal en Perú con datos oficiales actualizados hasta abril del 2023.
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