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Ministerio de Salud deja en situación de riesgo a las asociaciones de pacientes usuarios de cannabis

Si bien la nueva versión del proyecto de Reglamento incluye mejoras a favor de la producción artesanal con cultivo asociativo, el Ministerio de Salud ha dado un plazo extra de 90 días para recibir observaciones, cuando estas ya son conocidas por el Ejecutivo desde setiembre del 2021.


Hoy, martes 17 de mayo del 2022, casi 300 días después de la promulgación de la Ley 31312, se hizo oficial una nueva versión del proyecto de Reglamento de cannabis para uso medicinal, que incluye a la producción artesanal con cultivo asociativo. Si bien, como adelantó 'Sativa Info' hace un mes, este nuevo texto atiende algunas observaciones hechas por las asociaciones de pacientes y cultivadores, resulta preocupante que el Ministerio de Salud (Minsa) haya dado un plazo extra de 90 días para recibir observaciones. Es decir, este proyecto de Reglamento estará en observación hasta el 16 de agosto del 2022. Con ello, se estaría dando la situación en que la Ley 31312, promulgada el 23 de julio del 2021, pase más de un año entero sin reglamentarse, cuando el plazo era de solo 60 días calendario.


Como sustentaron los legisladores cuando esto era un proyecto de ley en el 2020, el motivo para incluir a las asociaciones en la regulación es el acceso restringido a cannabis para uso medicinal debido a la Ley 30681, que le dio la exclusividad de la licencia de cultivo a los laboratorios farmacéuticos certificados. Actualmente, la situación de acceso no ha mejorado.


Con el nuevo plazo para recibir observaciones, el Minsa no toma en cuenta no solo la urgencia de los pacientes, sino los riesgos por la criminalización y amenazas que sufren constantemente las personas que se dedican a cultivar y producir cannabis con fines medicinales, pero que no tienen licencia debido a la regulación discriminatoria que sigue vigente.


Además, esta medida no tiene sentido, ya que las observaciones de las asociaciones de pacientes ya son conocidas por el Poder Ejecutivo desde setiembre del 2021, cuando se llevó a cabo la primera reunión en el Minsa y se pidió que se retiren todas las amenazas de criminalización y sanciones penales en casos de incumplimiento de requisitos administrativos. Esta es la principal observación de las asociaciones de cultivo y que volverán a insistir en este nuevo plazo.


Las dos principales observaciones atendidas en esta nueva versión del proyecto de Reglamento es que las asociaciones podrían certificar sus propias semillas ante el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri). En la versión anterior, las asociaciones se veían obligadas a importar o comprarle semillas a los laboratorios farmacéuticos, yendo en contra de su derecho a la libre asociación y autogestión. Además, las asociaciones podrían analizar su producción en laboratorios públicos del Instituto Nacional de Salud (INS) y no necesitarán de contar con químicos farmacéuticos, ya que, como se lee en la Ley 31312, se trata de producción artesanal y no farmacéutica.


En los próximos días, las asociaciones dedicadas a la producción artesanal de cannabis para uso medicinal insistirán con sus pedidos y solicitarán garantías para que puedan seguir trabajando por la salud y la calidad de vida de los miles de pacientes que necesitan de medicina natural.


Acceso restringido con la Ley 30681

El 16 de noviembre del 2017, se promulgó la Ley 30681. Si bien esta ley fue histórica porque el Estado peruano reconoció a la cannabis como medicina, no dejó de ser discriminatoria. El Congreso de ese año, con mayoría de Fuerza Popular, partido político vinculado a empresas agroindustriales y farmacéuticas, rechazó el Registro de Clubes Cannábicos (Proyecto de ley 1159/2016-CR), propuesto por el entonces congresista Hernando Cevallos, que tenía el objetivo de garantizar la seguridad y vigencia de las asociaciones que sufrieron criminalización y fueron motivo del debate en el Legislativo. Lamentablemente, al final se aprobó la Ley 30681, que creó un sistema de licencias cerrado al darle la exclusividad a los laboratorios farmacéuticos.


Casi cinco años después de esa ley, que obliga al Estado peruano a garantizar acceso seguro e informado a cannabis, el acceso a esta medicina natural es muy limitado. Según información oficial solicitada por 'Sativa Info' al Ministerio de Salud (Minsa), hasta fines de febrero del 2022, se registraron 23,645 personas de todas las regiones del país en el Registro Nacional de Pacientes Usuarios de Cannabis (RENPUC). De estas, solo el 30% (7,086) ha comprado en establecimientos con licencia. Es decir, al menos el 70% (16,559) no compra cannabis en farmacias o boticas.


Además, el 34% (8,049) de pacientes registrados se ubica en regiones fuera de Lima, mientras que en la capital se ubica el 66% (15,596).


Solo hay 55 establecimientos farmacéuticos con licencia para comercializar cannabis en todo el país y el 90% (50) se ubica en Lima Metropolitana. Arequipa (3), Tacna (1) y La Libertad (1) son las únicas regiones fuera de Lima donde se vende cannabis por la vía regulada y juntas tienen al 10% del total de establecimientos, según información oficial de la Digemid, actualizada en marzo pasado.


Apenas 1,364 médicos han prescrito cannabis en todo este tiempo, lo que representa apenas el 2% del total de médicos hábiles en todo el país (65,894), a pesar de que todos los colegiados pueden prescribir cannabinoides. Este pequeño grupo de médicos ha prescrito 14,093 recetas para cannabis. Considerando el número total de pacientes registrados y que cannabis es útil en enfermedades crónicas, estas cifras indican que la mayoría ha comprado una sola vez en establecimientos farmacéuticos y luego no ha continuado por la vía regulada.


El único establecimiento público que vende cannabis, la farmacia institucional de la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas (Digemid) ubicada en San Miguel (Lima Metropolitana), tiene a disposición productos para una sola vía de administración (aceite sublingual) y con un solo cannabinoide (Cannabidiol-CBD). Entre enero y febrero del 2022, esta farmacia institucional vendió 827 frascos con extracto estandarizado de CBD. Según la propia Digemid, solo se han comercializado 5 productos con registro sanitario y 55 productos para la elaboración de preparados farmacéuticos (fórmulas magistrales).


La explicación a estos indicadores que muestran el acceso limitado a cannabis para uso medicinal podría estar en esa exclusividad que le dio la Ley 30681 a los laboratorios farmacéuticos sin considerar que cannabis es una planta que se puede cultivar y con la que se puede producir medicina sin necesidad de ser un laboratorio certificado.


Otro factor sería la variabilidad de los precios de los productos (desde 30 soles hasta 400 soles en farmacias), de las consultas médicas (desde 30 soles hasta 350 soles) y de la exigencia de recetas, las que son retenidas y solo tienen una vigencia de 30 días, lo que obliga a los pacientes a pagos mensuales.


Hasta el cierre de este informe, no hay ningún producto de cannabis peruano a la venta en algún establecimiento autorizado. El único laboratorio con licencia de cultivo (Cann Farm) cosechó en enero, pero hasta el momento no ha puesto a la venta ningún producto debido a que, como explica su presidente, Andrés Vázquez, el mercado formal es muy pequeño y mientras este no crezca no resulta rentable producir. Recordemos que esta empresa ha invertido más de 7 millones de dólares en un fundo de 62 hectáreas ubicado en el distrito de Sayán (Huaura), donde construyó su laboratorio certificado. Actualmente, todo lo que se encuentra en establecimientos farmacéuticos es importado de Estados Unidos, Canadá y Uruguay.


Solo las asociaciones de cultivo tienen producción cannábica peruana, incluso con extractos que han sido premiados en otros países de América Latina, pero corriendo todos los riesgos penales ya conocidos por la criminalización de la Policía.


Según la información que proporcionó Digemid, en Perú se receta cannabis con mayor frecuencia a pacientes con ansiedad, artritis, artrosis, monoartritis, quimioterapia, diabetes, dolor agudo, dolor crónico intratable, dolor, anoréxicos, parkinson, epilepsia (diversos tipos), esclerosis múltiple, diversos tipos de neuropatía.





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