Entérate de todo el proceso en el Legislativo y el Ejecutivo para que se incluya a las asociaciones dedicadas a la producción artesanal en la regulación medicinal del cannabis en Perú.
Más allá de las observaciones para mejorar el proyecto de nuevo Reglamento de la ley de cannabis para uso medicinal, es necesario resaltar lo que se ha venido logrando en los últimos meses para que el Estado respete el derecho de los pacientes a asociarse y a abastecerse de medicina sin necesidad de comprar en los establecimientos farmacéuticos. Desde que era una propuesta, Sativa Info le hizo seguimiento al tema.
Abril 2020
Tras el inicio de la cuarentena por la pandemia y el desabastecimiento del único lugar en el Perú en el que vendían un producto de cannabis, Sativa Info, el Centro de Estudios del Cannabis y Cannabis Gotas de Esperanza realizaron una encuesta virtual para tener evidencia sobre la situación del limitado acceso a cannabis para uso medicinal en el país.
Julio 2020
Cannabis Gotas de Esperanza, la Federación de Cannabis Medicinal de Perú (Fecame) y el Centro de Estudios del Cannabis anunciaron que preparaban un proyecto de ley para regular el autocultivo y el cultivo asociativo junto a congresistas del Partido Morado y el Frente Amplio.
Por otro lado, las asociaciones 'Buscando Esperanza Perú', 'Mi Esperanza Brota de la Tierra' y 'Legaliza Perú' también se venían reuniendo con representantes del Partido Morado. Tras el anuncio de un proyecto de ley, ratificaron su posición a favor de la despenalización total de la planta. Solo de esa manera, señalaron, sería posible que los pacientes tengan un acceso libre sin restricciones.
Agosto 2020
La Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú (DIRANDRO) entregó el material que había incautado a la asociación 'Buscando Esperanza Perú' en el 2017, cuando intervino un laboratorio casero donde el cultivador Luis Gavancho, el médico Juan Lock y la madre cuidadora Ana Álvarez se dedicaban a la actividad del cultivo colectivo, con la que beneficiaban a decenas de pacientes.
Además, el Ministerio de Salud (Minsa) dejó claro que las licencias de cultivo y producción eran exclusivas para los laboratorios farmacéuticos, tal como estaba escrito en la Ley 30681, promulgada en el 2017. A través del Oficio N° 2854-2020-SG/MINSA, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID) respondió a la usuaria medicinal Francesca Brivio (mastocitosis sistémica), que no le correspondía otorgar licencia de cultivo y/o producción de cannabis para el propio consumo, una actividad que no es delito en Perú, pero que sí es motivo de discriminación y persecución policial.
Setiembre 2020
El 7 de setiembre, los abogados Pedro Vera Ortiz y Leonardo Latinez Ansaldo enviaron una carta al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) en la que argumentaron que el autocultivo de cannabis es una actividad que carece de trascendencia penal. Recordaron que no existen condenados por comprar ni por consumir cannabis, ya que lo que sanciona el Código Penal son las actividades relacionadas al tráfico. En ese sentido, citaron a la Doctora en Derecho Penal, Romy Chang, quien explica que no importa la cantidad que se posea porque siempre y cuando esté destinada al propio consumo no puede ser considerado delito.
Octubre 2020
Los parlamentarios Alberto de Belaunde, Daniel Olivares, Rocío Silva Santisteban, Daniel Urresti y Luis Roel presentaron el proyecto de ley N° 06532/2020-CR, el cual proponía incluir a asociaciones de cultivo y su producción artesanal con un máximo de 6 plantas de cannabis por paciente.
Por su parte, los congresistas Freddy Llaulli Romero, Wilmer Solis, Ricardo Burga, Rolando Campos, Kenyon Durand, Mónica Saavedra y Hans Troyes presentaron el proyecto de ley N° 06528/2020-CR, que proponía incluir a las asociaciones en la Ley 30681 y creando un registro de ellas. Este proyecto también proponía que no se reprima con pena privativa de la libertad a los que comercialicen o transfieran de semillas de cannabis.
Las asociaciones de cultivo 'Buscando Esperanza Perú', 'Mi Esperanza Brota de la Tierra' publicaron un comunicado lamentando que los congresistas no hayan tomado en cuenta las evidencias registradas por las organizaciones cannábicas. Por ello, hicieron un llamado a la comunidad para informarse sobre las propuestas legislativas y a apostar por el derecho humano a cultivar sus propias medicinas. "Recordemos que los cambios no se dan por decreto, sino por el desafío al orden opresor", señalaron.
El 28 de octubre, los abogados Leonardo Latinez y Pedro Vera, el activista Diego Huayhualla y quien redacta esta cronología (Jorge Paucar Albino) nos reunimos con los congresistas Olivares y De Belaunde, y sus asesores, a quienes señalamos que regular el autocultivo solo aumentaría la criminalización contra los usuarios que cultivan para su propio consumo, una actividad que carece de trascendencia penal. También señalamos que no había sustento para imponer un número límite de plantas, ya que cada usuario medicinal necesita cantidades distintas y variables, lo que se evidencia en que no existe dosis estándar ni dosis mortal con cannabis.
Febrero 2021
En una entrevista brindada al químico farmacéutico Pedro Wong, el profesor principal de Derecho Penal en la PUCP, José Ugaz, reiteró que el autocultivo de cannabis no es delito.
"La siembra o cultivo, para su propio consumo, sea medicinal o recreativa, es absolutamente legal. Nadie puede ser sancionado por sembrar marihuana que no esté destinada a la comercialización. Eso es lo que dice la ley. De otra manera funcionan las agencias de control: la Policía y la Fiscalía no quieren entender esto bajo la lógica del negocio corrupto", dijo el jurista.
Mayo 2021
La asociación de cultivo 'Buscando Esperanza Perú' le pidió al Congreso mejorar el proyecto de ley presentado inicialmente. Las madres cultivadoras pidieron a los legisladores que las escuchen para que sus experiencias sirvan para una mejor norma a favor del acceso a cannabis de uso medicinal.
Junio 2021
Tras reuniones con más de 30 congresistas, quienes recibieron argumentos e información de primera mano de las madres cultivadoras Ana Álvarez (Buscando Esperanza) y Ayde Farfán (Mi Esperanza Brota de la Tierra), la Comisión de Defensa del Congreso aprobó un nuevo dictamen que ya no buscaba regular el autocoultivo (que no es delito) y ya no buscaba establecer un máximo de 6 plantas por paciente que había al inicio. Este dictamen incluía las opiniones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), que señaló que el cultivo para el propio consumo o "uso doméstico" está fuera del alcance de las normas que tiene el Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Perú (SENASA), por las cuales regula la producción de semillas de calidad.
Por su parte, el Ministerio del Interior (Mininter) reconoció que era necesario "liberar de responsabilidad penal a aquellos que por necesidad médica accedan en forma directa al uso del cannabis para fines medicinal y terapéuticos”. Además, resaltó que sería incontrolable regular el autocultivo o cultivo de cannabis para el propio consumo. De igual manera, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) consideró que la Ley 30681 ya estaría habilitando las prácticas del autocultivo y cultivo asociativo. Por ello, no consideró "la necesidad específica" de modificar el Código Penal para excluir a estas prácticas porque la norma deslinda del fin ilícito, ya que sería un uso medicinal y terapéutico. "Entonces, creemos que, desde la vía penal, ya se comprende y depende de cómo se regule en la vía administrativa”, sostuvo el Minjusdh.
Julio 2021
Se exoneró al proyecto de cultivo asociativo de pasar por Comisión de Salud y se agendó para el 15 de julio. Ese día, en una histórica votación de 100 votos a favor y 0 en contra, el Pleno del Congreso aprobó la ley que regula el cultivo asociativo de cannabis para uso medicinal sin imponer un número límite de plantas. A favor, intervinieron diversos políticos como los excongresistas Daniel Urresti, Daniel Olivares y Martha Chávez. Sobre esta última política, cabe destacar que un cuestionamiento que hizo en la Comisión de Defensa fue que el hecho de que esté sin límite de plantas era peligroso, pero las madres cultivadoras la convencieron de que esta era la mejor forma de combatir el tráfico ilegal y, a su vez, garantizar acceso a medicina y mejorar la salud con una planta que tiene el potencial de beneficiar a más de 7 millones de personas en el Perú.
El 25 de julio, tres días antes de dejar el cargo, el expresidente Francisco Sagasti promulgó, sin observaciones, la Ley 31312, ley de cultivo asociativo.
Agosto 2021
Tras la designación del médico Hernando Cevallos como titular del Ministerio de Salud (Minsa), recordamos, como ya lo habíamos hecho en la campaña electoral, que Cevallos presentó, en el 2016, un proyecto de Clubes Cannábicos, con el que buscaba respetar el derecho de los pacientes a asociarse y a abastecerse directamente de medicina natural.
"[...] controlar que el Estado no convierta a este proyecto de ley en un nuevo espacio para que se aproveche en nuestro país alguna empresa farmacéutica, sino que además, este proyecto tenga la participación de las que hicieron posible este conjunto de proyectos, que son las madres, que son los familiares, los pacientes que necesitan, por eso es importante que en el proyecto se incorpore la participación organizada de la sociedad, que se incorporen a las familias y las asociaciones, debidamente registradas para que, efectivamente, haya un control adecuado de este producto", dijo Cevallos antes de la promulgación de la Ley 30681, que le dio la exclusividad de las licencias de cultivo y/o producción a la industria farmacéutica.
Setiembre 2021
Antes que se venza el plazo para que se publique el proyecto de Reglamento, 'Sativa Info' compartió un informe que reflejaba la urgencia de respetar que pacientes tengan acceso directo a cannabis: acceso limitado por falta de abastecimiento, falta de descentralización, pocas vías de administración disponibles y altos precios de consultas y de productos en el sector privado. El resultado: más de 10,500 usuarios medicinales de cannabis registrados (58% del total) no habían comprado en los establecimientos con licencia. Este grupo es el que sería beneficiado con un cultivo asociativo libre.
Octubre 2021
Como advirtió el excongresista Olivares, poner trabas al cultivo asociativo sería ilegal, ya que iría en contra del objetivo de la ley, el cual fue garantizar una forma de acceso más económica.
Tras dos cartas enviadas al Minsa pidiendo diálogo, el exministro Hernando Cevallos invitó a las asociaciones 'Buscando Esperanza' y 'Mi Esperanza Brota de la Tierra', junto al abogado Leonardo Latinez y el periodista y paciente usuario de cannabis Jorge Paucar Albino. En esta primera reunión, pacientes y familiares explicaron a funcionarios públicos que no correspondía registro sanitario ni otros reqerimentos de carácter farmacéutico para la producción artesanal con cultivo asociativo, ya que las asociaciones sin fines de lucro no se dedican a la comercialización ni venta al público, sino que es una forma de autogestión y abastecimiento colectivo para pacientes de una misma organización. Además, pidieron al Minsa que respete lo logrado en el Legislativo: que no se imponga número límite de plantas, ya que toda limitación basada en números sería arbitraria considerando que no hay dosis estándar ni dosis mortal, y que las dosis incluso varían, en el tiempo, en un mismo paciente.
Finalmente, el 24 de octubre, el Minsa publicó el proyecto de nuevo Reglamento. Esta primera versión respetó lo logrado por las madres cultivadoras en el Legislativo: no le puso límite de plantas y señaló que los colectivos de cultivo de cannabis se acogen al Código Civil (Decreto Legislativo 295) como asociaciones sin fines de lucro, con lo que no pueden comercializar y solo pueden beneficiar a pacientes asociados. Por ello, las asociaciones 'Buscando Esperanza', 'Mi Esperanza Brota de la Tierra' y 'Legaliza Perú' saludaron este avance al incluir al cultivo asociativo, pero consideraron que debía mejorarse con un enfoque de respeto derechos humanos y no criminalizador, así como que se garantice el objetivo de la ley: que el cultivo asociativo sea mucho más económico que comprar en establecimientos farmacéuticos.
Sin embargo, e Minsa, al incluir a la producción artesanal y al cultivo asociativo, modificó también otras partes de la normativa. Esa primera versión del proyecto proponía eliminar las definiciones de "cannabis para uso medicinal" y "cáñamo" o "hemp", con lo que también se eliminó la incumplida disposición que disponía que Midagri debía establecer lineamientos parala industrialización del cáñamo. Con ello, también se eliminó la definición de "cannabis no psicoactivo", aquella flor de cannabis con menos de 1% de THC.
Ante ello, la Federación de Cannabis Medicinal (Fecame), el Centro de Estudios del Cannabis Perú, Cannabis de Esperanza y la Asociación Peruana de Medicina Cannabinoide (APEMEDCANN) consideraron como un "retroceso" y en algunos casos se manifestaron con un "rechazo rotundo" sobre el proyecto de Reglamento. Las organizaciones señalaron que el Minsa ha aprovechado la oportunidad para eliminar el antiguo Reglamento. En ese sentido, debemos señalar que el antiguo Reglamento tenía contradicciones como las presentadas entre el artículo 2.2 sobre cannabis no psicoactivo y el Artículo 30, que estableció que la receta simple era para productos que contengan "solo cannabidiol (CBD)". Sin embargo, en una medida a favor del acceso a pacientes, al momento de prescribir, se tomó en cuenta el artículo 2.2 sobre cannabis no psicoactivo.
Noviembre 2021
Hasta el miércoles 3 de noviembre, diversas organizaciones relacionadas a la cannabis enviaron sus observaciones al Minsa para que mejore el proyecto de nuevo Reglamento de cannabis para uso medicinal, el cual se está modificando debido a la inclusión de la producción artesanal con cultivo asociativo.
Días previos al vencimiento de este plazo, las organizaciones relacionadas a la cannabis coincidieron y decidieron solicitar lo mismo al Minsa. Durante esa semana, recibió a representantes de las organizaciones cannábicas, a quienes escuchó y con quienes se comprometió a resolver sus observaciones.
Se prevé que, en pocas semanas, el Minsa publique la versión final del Reglamento, que ahora regulará las actividades con cannabis desarrolladas por asociaciones sin fines de lucro, laboratorios y establecimientos farmacéuticos. La urgencia por hacer oficial un nuevo Reglamento responde a la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran todas las personas relacionadas al cultivo asociativo, que actualmente corren el riesgo de ser criminalizadas y encarceladas.
Enero 2022
El Minsa culmina de redactar una nueva versión del proyecto de Reglamento y este texto es enviado a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
Febrero 2022
Una comisión de la PCM revisa la nueva versión del proyecto de Reglamento.
Marzo 2022
'Sativa Info' solicita información a DIGEMID y esta responde informando que la revisión del proyecto de Reglamento había concluido con la etapa de Análisis de Calidad Regulatoria, que la comisión dependiente de la PCM había realizado "recomendaciones" y que el Minsa debía realizar los ajustes correspondientes.
Abril 2022
DIGEMID responde que la "comisión multisectorial de calidad regulatoria recomendó que el proyecto reglamento atienda el proceso de notificación establecido en el artículo 12° dela Decisión 827 de la Comunidad Andina de Naciones". En este artículo, se seala que "los Países Miembros notificarán a través de la Secretaría General de la Comunidad Andina los proyectos de reglamentos técnicos y que se debe conceder como mínimo un plazo de sesenta (60) días calendario antes de su publicación oficial para que los Países Miembros o cualquier interesado puedan presentar por escrito sus observaciones ya sea por medio físico o electrónico, preferentemente a través del Punto de Contacto del País Miembro que notificó el proyecto de reglamento técnico".
"Asimismo, los Países Miembros podrán extender el plazo para comentarios en caso que se presenten solicitudes debidamente sustentadas. La notificación realizada en el plazo indicado será requisito necesario para poder exigir su cumplimiento a los otros Países Miembros", se lee en dicho inciso.
Tras hacerse pública esta recomendación, las asociaciones de cultivo enviaron cartas al Minsa y a la PCM pidiendo continuar con el proceso participativo que se inició en setiembre del 2021, con una reunión presencial en la que se señalarón más de 20 observaciones. Ante la demora de publicación del Reglamento, solicitaron que se detenga la criminalización contra pacientes y cultivadores.
Mayo 2022
El 17 de mayo se publica, en el diario oficial El Peruano, la última versión del proyecto de reglamento. En cuestión de temas de fondo, es el mismo texto que se culminó de redactar en enero en el Minsa. Esta propuesta incluye la posibilidad de que las asociaciones de cultivo registren sus propias semillas, aunque esto dependería del Midagri, que tendría la obligación de aprobar en un plazo no mayor de 60 días desde la publicación del Reglamento, mediante Resolución Ministerial:
"los criterios para la evaluación y registro de la Fuente Semillera, que permita a las asociaciones de pacientes usuarios de cannabis la inscripción de ecotipos o variedades de Cannabis preexistentes en el territorio nacional; con el fin de registrar el origen del material genético para la producción agraria requerida y cuyo registro concluye en un plazo no mayor a dos (2) años contados a partir de la publicación de la citada Resolución Ministerial".
Otra novedad está en el Artículo 45 en el que se considera que como la producción de los Clubes Cannábicos no tendrá registro sanitario, ya que realizan una actividad para el propio consumo colectivo y ofrecen medicina personalizada a cada paciente, deberán garantizar productos seguros y efectivos a través de análisis de control de calidad y podrán efectuarlos en laboratorios públicos y privados debidamente autorizados por el Instituto Nacional de Salud (INS). Sin embargo, se desconoce el costo de estos análisis y queda pendiente que el Minsa cumpla su compromiso de subvencionarlos, ya que las asociaciones están brindando a la sociedad un servicio de salud, que el Estado peruano ha demostrado ser incapaz de ofrecerlo.
Por otro lado, si bien la recomendación de la PCM era dar un plazo de 60 días para que los países de la Comunidad Andina de Naciones (Colombia, Ecuador y Bolivia) envíen sus observaciones, el Minsa estableció que este plazo sea de 90 días. Con ello, este proyecto de Reglamento estará en observación hasta el 16 de agosto del 2022 y la Ley 31312 pasará más de un año sin reglamentarse, cuando el plazo era de solo 60 días calendario.
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