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Situación de la cannabis en Perú a dos años de aprobado el Reglamento de la Ley 30681

Ya han pasado más de dos años desde que se aprobó el Reglamento de la Ley 30681. Mientras el número de usuarios medicinales registrados va en aumento en todo el país, las autoridades limitan su acceso en Lima Metropolitana, aún no otorgan licencias de cultivo a laboratorios y siguen excluyendo a asociaciones.


El 25 de febrero del 2019, tras una demora de 406 días, el Gobierno de Perú aprobó el Reglamento de la Ley 30681, que había sido promulgada el 16 de noviembre del 2017, cuando el mismo Estado se puso un plazo de 60 días calendario para la reglamentación. Pasados más de dos años de esto, la histórica ley que reconoció las propiedades terapéuticas de la cannabis, pero que excluyó a las asociaciones de cultivo, sigue en proceso de implementación. Sativa Info solicitó información al Ministerio de Salud (Minsa) sobre algunas cifras que podrían indicarnos cómo va el acceso a cannabis de uso medicinal. A continuación, compartimos estos datos.


Usuarios medicinales registrados

Para adquirir productos en los establecimientos farmacéuticos con licencia para vender cannabis, es requisito estar registrado como usuario medicinal de cannabis en la web de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID). Mediante declaración jurada virtual, cualquier persona puede registrarse como usuaria medicinal de cannabis. Hasta inicios de febrero pasado, había 10,084 personas que estaban en este Registro Nacional de pacientes usuarios de cannabis. Este número tiene potencial para seguir creciendo: según estimaciones del Centro de Estudios del Cannabis de Perú (2017), existen cerca de 7 millones de personas en todo el país que podrían verse beneficiadas con la cannabis.


Las ventas de DIGEMID

A pesar que en los eventos brindan información imprecisa y falsa sobre la cannabis, la DIGEMID fue la primera en vender un producto formal de la planta en el país. En diciembre del 2019, puso a la venta un extracto con 5% del anticonvulsivante, antiinflamatorio y ansiolítico cannabidiol (CBD) en frascos de 10ml. Fue recién en setiembre del 2020 que se acabó el monopolio temporal que tuvo el Ministerio de Salud (Minsa) en la venta de extractos de cannabis de uso médico.


La DIGEMID ha vendido más de 4,889 frascos de CBD, según la información a la que tuvimos acceso. Estos frascos se venden a 48 soles cada uno y es un aceite importado de Estados Unidos (EEUU) por Anden Naturals, socia de InRetail Pharma (Grupo Intercorp) que ya va por su tercera licitación consecutiva y es, hasta ahora, la única empresa que le ha vendido productos con cannabis a la farmacia estatal.


Pacientes atendidos por DIGEMID

Esperamos que tras más de un año de vender un extracto estandarizado de cannabis, los químicos farmacéuticos que atienden en DIGEMID ya tengan claro que la toxicidad de la cannabis es muy baja al punto de llegar a ser una de las drogas con mayor perfil de seguridad. A pesar de que hay farmacias estatales en todas las provincias, el Minsa solo vende sus aceites de CBD en su farmacia institucional ubicada en el distrito de San Miguel (avenida Parque de Las Leyendas) en Lima Metropolitana. En ese local, según información a la que accedimos, han comprado más de 2,548 pacientes usuarios de cannabis.


Médicos que han recetado cannabis

Si bien aún hay pocos médicos y médicas especializados en medicina cannabinoide, la normativa vigente permite que cualquier médico cirujano colegiado puede recetar cannabis. En el caso de ser solo CBD, solo se necesita receta médica simple. Para los productos con más de 1% del analgésico, antiespasmódico y antiemético tetrahidrocannabinol (THC), la receta debe ser especial (retenida) y el médico debe estar habilitado para administrar estupefacientes. Hasta inicios de febrero, según información que nos compartió el Minsa, eran 691 los médicos que han recetado cannabinoides.


Número de patologías que se están tratando con cannabis

Como hemos señalado anteriormente, la planta de cannabis puede tener más de 1,600 componentes y, entre ellos, 183 fitocannabinoides identificados hasta el momento. Entre los cannabinoides más disponibles, usados y estudiados están el THC y el CBD, así como el cannabinol (CBN), el cannabigerol (CBG) o los cannabinoides ácidos THCA y CBDA. Este aspecto, sumado a que todos los animales vertebrados tenemos un sistema que genera, recibe y procesa sustancias cannábicas y que cumple la función de regular nuestras funciones fisiológicas, explica los múltiples efectos y la diversidad de enfermedades para las que puede servir la cannabis sativa. En Perú, la cannabis se ha recetado para más de 669 patologías (diagnósticos), de acuerdo a cifras oficiales actualizadas a inicios de febrero.


¿Dónde están los pacientes?

A pesar que los únicos 37 establecimientos farmacéuticos con licencia para vender cannabis están todos ubicados en Lima Metropolitana y la legislación exige que la venta sea presencial, el reporte pedido al Minsa nos muestra que hay pacientes que necesitan cannabis en todas las regiones del país.


Si bien Lima (6,478), es la región con mayor número de pacientes usuarios de cannabis registrados, en Arequipa (633) el número también es considerable, seguido de Callao (420), La Libertad (327), Cusco (289), Cajamarca (276), Junín (254) y Lambayeque (203). Las regiones Piura (196), Ica (163) y Áncash (153) tienen más de un centenar de pacientes cannábicos registrados, Amazonas, Puno, Ayacucho, Tacna, San Martín y Loreto tienen más de 50 personas usuarias medicinales de cannabis cada una. Moquegua, Apurímac, Ucayali, Madre de Dios, Pasco, Huancavelica y Tumbes son las regiones con menos usuarios de cannabis registrados. En total, hasta fines de enero, había 10,084 usuarios medicinales de cannabis registrados a nivel nacional.



Un 'memorex' sobre la regulación de la cannabis en Perú

El 16 de noviembre del 2017 se promulgó la Ley 30681, la norma con la que el Perú reconoció las propiedades terapéuticas de la cannabis luego de la lucha de asociaciones de cultivo como 'Buscando Esperanza', cuyos integrantes fueron injustamente denunciados por la Policía Nacional del Perú (PNP) por preparar extractos medicinales para sus familiares pacientes, muchos de ellos menores de edad con trastornos neurológicos.

[Madres de 'Buscando Esperanza' junto al expresidente Pedro Pablo Kuczynski, el día de la promulgación de la Ley que regula la cannabis de uso medicina en Perú].


En febrero del 2017, el cultivador Luis Gavancho, el médico Juan Lock y Ana Álvarez, madre de un joven con esclerosis tuberosa, fueron víctimas de un allanamiento de la Policía y señalados como presuntos autores del delito de tráfico ilícito de drogas.

Finalmente, en diciembre del 2017, un mes después de promulgada la ley, la jueza Rosa Zulueta Asenjo ordenó archivar el caso y anular sus antecedentes policiales, ya que la actividad que realizaban era un ejercicio del derecho a la salud, no había lucro y se suponía el Reglamento de la ley iba a resolver el problema de acceso que tenían.

Sin embargo, la Ley 30681 ya excluía a las asociaciones de cultivo de cannabis con fines medicinales: en su Artículo 5, establecía que el otorgamiento de licencias para producción (cultivo y extracción) era exclusivo para entidades públicas y laboratorios debidamente registrados y certificados.


Con ley, pero con el Minsa desinformando

Pero hay otro aspecto que el Estado no respeta: en el Artículo 6 de la Ley 30681 se señala que el Minsa debe informar sobre los beneficios de la cannabis. Yendo en contra de esta obligación, el 28 de junio del 2018, el psiquiatra Carlos Bromley, de la Dirección de Intervenciones Estratégicas de Salud Pública del Minsa, dijo en el Congreso que el THC podría ser letal. A pesar de las aclaraciones de la paciente y activista Francesca Brivio (Cannabis Gotas de Esperanza) y el médico Dave Hepburn (Canadá), Bromley insistió en que:

“4 gramos de THC son letales para el ser humano. Lo especifica la OMS”, dijo el psiquiatra del Minsa.

En ese sentido, debemos aclarar que, si fuera cierta la advertencia de Bromley, para llegar a esa supuesta dosis letal, se tendría que aplicar 1,600 gotas de un extracto de cannabis con 5% de THC de frascos de 10ml, por ejemplo. Al respecto, en el 2006, un estudio publicado en la revista American Scientist, estimó que la posible dosis letal con cannabis se daría cuando una persona multiplique por 1,000 su dosis efectiva: con ello, una persona que siente efectos fumando 1 cigarrillo de cannabis al día, tendría que fumarse 1,000 de golpe para estar en peligro de muerte, lo cual es humanamente imposible. Esto explica por qué, en más de 5,000 años de uso medicinal, no existen muertes provocada por consumo de cannabis. Respecto a lo que decía la Organización Mundial de la Salud (OMS), al momento de la declaración de Bromley, un informe de la organización, publicado en 1997, decía que no había estudios epidemiológicos sobre riesgos cuantitativos del consumo de cannabis y que las afirmaciones sobre el tema eran más especulativas que científicas.


Con su falsa alarma, Bromley defendía la posición del Minsa de limitar la concentración de THC a solo 0,5% en los preparados personalizados (fórmulas magistrales), lo que, en un frasco de 10ml, equivaldría a solo 1 gota de este compuesto con efectos analgésicos, relajantes musculares y antieméticos.


Y los derrotados siguen ahí

A pesar de las falsas alarmas de Bromley y otros funcionarios del Minsa, el Reglamento de la Ley 30681 (Decreto Supremo N° 005-2019-SA) les dio la contra y no le puso límite a las concentraciones de THC y denominó a la variedad de la planta con menos de 1% de este compuesto como cáñamo o hemp (cannabis no psicotrópico), tipo de cannabis al que declaró como sustancia no controlada y excluida del reglamento de estupefacientes y otras sustancias sujetas a fiscalización sanitaria. Este debe haber sido un gran golpe a los negacionistas de las propiedades de la cannabis, pero estos siguen ocupando altos cargos en el Estado y participando en "charlas informativas" organizadas por el Minsa. El 10 de enero del 2020, Bromley, junto a otras funcionarias de Digemid, entre ellas la que atiende en la farmacia donde se vende aceites con CBD, dijo que no habían estudios sobre la dependencia a cannabis.

Al respecto debemos aclarar que en el mismo estudio del 2006 citado anteriormente, se señala que la dependencia que podría generar la cannabis es de nivel similar al de la cafeína. Basado en este estudio de Gable, el Dr. Mark Ware elaboró una tabla que mostró en una clase de la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH). En esta gráfica, se aprecia que la dependencia que podría causar la cannabis es más baja que el alcohol, la cocaína, la nicotina, la heroína, y otros fármacos como las benzodiacepinas, que son usualmente recetadas por los psiquiatras . Anteriormente, en un estudio de 1997, se estimó que la prevalencia de la dependencia a la cannabis es de 9%; es decir, 91 de cada 100 no se vuelven dependientes.


Minsa demora los cultivos nacionales

Más de dos años después de aprobado el Reglamento, el Minsa, a través de DIGEMID, aún no otorga ninguna licencia de cultivo de cannabis para venta farmacéutica. Hasta el momento, el laboratorio peruano Cann Farm está a la espera de que se le otorgue la autorización para poder cultivar cannabis formal en suelo peruano, a pesar que ya tiene preparado un área de cultivo y un laboratorio de producción en un fundo de 60 hectáreas al norte de Lima, con una inversión aproximada de US$ 6,000,000 (seis millones de dólares). Esta empresa, además, cuenta con personal de seguridad y químicos farmacéuticos contratados, requisitos que pide la DIGEMID antes de solicitar licencia de producción. Hasta el momento, los productos formales que se venden en las farmacias son extractos de cannabis importados de EEUU, Colombia y Uruguay.


Agricultura no respeta la ley

Pero los obstáculos para el desarrollo de actividades productivas con cannabis en Perú no solo están en el sector Salud. En el Reglamento de la Ley 30681 se establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) establecerá criterios y condiciones para el cultivo e industrialización del cáñamo o hemp, la variedad de la cannabis con menos de 1% de THC y que es considerada en Perú como una sustancia no controlada y excluida de fiscalización sanitaria. Para ello, el Midagri tenía un plazo de 60 días hábiles que se están contando desde febrero del 2019. En agosto del 2020, le preguntamos al Midagri a qué se debía esta exagerada demora y respondieron que el sector no estaba habilitado para regular al cáñamo y sostuvieron que el problema era el Reglamento, que debía ser "corregido" (¿quieren avanzar o retroceder?). Ya pasaron más de 500 días desde la aprobación del Reglamento y hasta el momento el sector Agricultura no cumple con esta medida que permitiría mejorar la calidad de vida de las personas con productos hechos a base de cáñamo.


Siguen excluidas

Si bien el Reglamento tiene aspectos rescatables como el no limitar la concentración de THC, dejar que médicos sean los que decidan en qué casos recetar, no excluir a la vaporización como vía de administración y declarar al cáñamo como sustancia no controlada, el gran vacío que se denunció desde el inicio fue que no respetó a los pacientes y sus familias que lucharon para que el Estado peruano reconozca a la cannabis como medicina. Se suponía que la Ley 30681 iba a considerar el caso de la asociación que impulsó esta regulación; sin embargo, la ley excluyó a las asociaciones de cultivo y restringió las licencias a laboratorios, con lo que también ha dejado de lado a pequeños productores locales que han venido abasteciendo, con cannabis cultivado en Perú, a miles de pacientes en los últimos cuatro años. Estos grupos han quedado en la informalidad por falta de regulación.


La Policía no se quiere enterar

A pesar que con la Ley 30681, el Estado peruano reconoció a la cannabis como una planta medicinal, los derechos de las personas usuarias y cultivadoras de cannabis siguen siendo vulnerados constantemente por la ultraconservadora Policía.


A pesar que ni poseer ni cultivar cannabis para tu propio consumo son delitos, ya que el Código Penal solo sanciona el tráfico ilícito, malos efectivos detienen y presentan como criminales a personas que tenían apenas una maceta con una planta de cannabis o que estaban fumando en sus casas. Estos actos de abuso de autoridad han aumentado durante la emergencia sanitaria, pero también hay ciudadanos que se han animado a denunciar ante las respectivas instancias.



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