Estado peruano tampoco incluye a productores y cultivadores locales que ya trabajan junto a médicos en beneficio de pacientes. Se desaprovecha potencial agrícola del país y oportunidad para reactivar la economía.
En Perú, la actual normativa señala claramente que el "cannabis no psicoactivo", también llamado "cáñamo" o "hemp", son sustancias no controladas y excluidas de fiscalización sanitaria. ¿La razón? La planta es una sola (cannabis sativa), pero hay cerca de 2,000 cepas distintas y algunas de ellas tienen una concentración muy baja de tetrahidrocannabinol (THC), el compuesto psicotrópico de la planta medicinal. Aquellas flores y/o derivados con menos de 1% de THC son productos seguros sin riesgo de efectos secundarios dañinos.
Entonces, ¿qué tiene el "cannabis no psicoactivo"? En distintas concentraciones dependiendo la cepa, lo que la normativa peruana llama "cáñamo" tendría cannabidiol (CBD), sustancia que se usa como anticonvulsivante, ansiolítico, antiinflamatorio, neuroprotector y antioxidante. Además, este compuesto ha sido reconocido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como una sustancia que no tiene potencial de generar adicción y dependencia, no causa efectos dañinos significativos, y que no debería estar en la lista de tratados internacionales de fiscalización de drogas.
Ya han pasado casi tres años desde la promulgación de la ley (2017) y más de un año desde la aprobación del reglamento (2019), pero las personas usuarias de salud no tienen acceso garantizado a productos de CBD, liberado por la legislación. El único lugar en todo el Perú donde se puede adquirir un extracto de cáñamo es en la farmacia institucional de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), ubicada en el distrito de San Miguel en Lima. Además, las personas deben estar registradas en la web de la DIGEMID, institución del Ministerio de Salud (Minsa) que también retiene la receta médica simple de los y las pacientes, como si se tratara de un estupefaciente controlado.
¿Y qué pasa con lo que la normativa peruana denomina "cannabis para uso medicinal"? Este nombre reciben las flores y/o sus derivados con más de 1% de THC, sustancia con propiedades analgésicas, antipruríticas, broncodilatadoras, neuroprotectoras, antieméticas y relajantes musculares. Hasta el momento, no existe ningún producto formal en venta con este compuesto, que tiene efectos terapéuticos para casos de dolor crónico (esta y otras evidencias concluyentes fueron señaladas por la Academia Nacional de Ciencias de EEUU en un informe del 2017).
Por ley, el Estado peruano tiene la obligación de garantizar el acceso a cannabis para uso medicinal. Evidentemente, no está cumpliendo con esta obligación, especialmente en un contexto de cuarentena por pandemia, en el que las personas se ven afectadas, en mayor medida, por problemas de salud que podrían ser tratados por médicos con algunos de los cannabinoides antes mencionados o algunos otros como el cannabinol (CBN), útil para tratar el insomnio, o el cannabigerol (CBG) que tiene potencial antibacteriano.
Al menos durante los últimos cuatro años en Perú, las personas se han visto beneficiadas por productos informales de cannabis de uso medicinal con plantas cultivadas y cosechadas en tierras peruanas. Creemos que, en cumplimiento de sus obligaciones, el Estado peruano debería, en primer lugar, convocar a pacientes, médicos y productores para, en un proceso transparente y con garantías, realizar análisis de cromatografía a los productos con cannabis que se venden en el mercado informal. También es importante que se realicen análisis de calidad para medir pesticidas, metales pesados y bacterias. Con ello, los y las pacientes conocerán el contenido exacto de lo que están consumiendo.
En segundo lugar, considerando la necesidad urgente de los y las pacientes y la crisis económica provocada por la pandemia, el Gobierno debería iniciar un proceso de formalización con los productores que hayan demostrado tener insumos de calidad y haber trabajado con médicos/as en tratamientos terapéuticos. Incluirlos en este proceso reactivará la economía, desarrollará el potencial agrícola del país y terminará por beneficiar a personas con distintas patologías, que no pueden estar esperando a que se realicen importaciones para tener su medicina, que es su derecho a la salud.
#TuSaludPrimero es una de las frases que ha venido usando el Gobierno peruano para referirse a temas de salud en los últimos meses. Debería ser coherente y poner por delante de cualquier temor, estigma, creencia o interés, la salud de las personas.
- Según información brindada por la DIGEMID, cerca de 300 médicos/as peruanos/as están prescribiendo cannabis. La Ley N° 30681 señala que: "el Estado garantiza el acceso al Cannabis y sus derivados con fines medicinales y terapéuticos, promoviendo su uso racional".
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