No sorprende la posición del Poder Ejecutivo, que sigue dando señales de que está en contra de la ley que reconoce a la cannabis como planta medicinal. Así no se puede avanzar.
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El 2 de diciembre 2020 será recordada como una fecha histórica en esta lenta caída del prohibicionismo de la cannabis en el mundo. Este día en Viena, los Estados de la Comisión de Estupefacientes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobaron retirar a la planta cannabis sativa de la Lista IV de drogas, en la que están sustancias peligrosas como fentanilo, heroína y otros opioides.
En 1950, sin ningún sustento científico, la cannabis fue incluida en esta lista de sustancias como si no tuviera ningún uso medicinal. Tras cinco décadas en las que se comprobó en laboratorio y en humanos sus diversas propiedades medicinales, recién en junio del 2018, en la 40.ª reunión del Comité de Expertos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), se examinó la información científica existente sobre la cannabis.
En esa reunión, se analizaron los principales compuestos de la cannabis, el cannabidiol (CBD) y el delta-9-tetrahidrocannabinol (Δ9-THC). También se analizaron la resina, los extractos y
las tinturas de cannabis. La principal conclusión del Comité de Expertos de la OMS fue que se retire a las preparaciones de CBD puro de las listas de las convenciones internacionales sobre fiscalización de drogas.
Respecto al THC y su versión sintética se concluyó que habían datos suficientes para hacer exámenes críticos. Lo mismo se recomendó para la planta, sus extractos y tinturas.
Con ello, los análisis continuaron en noviembre del 2018, cuando se llevó a cabo la 41.ª reunión del Comité de Expertos de la OMS en Ginebra. En el informe de esta reunión, el Comité recomendó que el cannabis y la resina de cannabis se eliminen de la Lista IV de la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961.
El argumento de los expertos de la OMS fue que existen pruebas de los efectos medicinales de la planta de cannabis y que esta no tiene efectos nocivos similares a las otras sustancias que están en dicha lista de drogas, como el fentanilo, la heroína y otros opioides "que se consideran especialmente peligrosos". "El consumo de estas sustancias conlleva un riesgo significativo de muerte, mientras que el de cannabis no se asocia con este riesgo", señalaba la OMS.
Además, el informe del Comité valoró que los preparados con cannabis presentan "ventajas terapéuticas en el tratamiento de trastornos como determinados tipos de dolor y la epilepsia".
"Las pruebas presentadas al Comité indican que la planta y la resina de cannabis no son especialmente susceptibles de producir efectos nocivos similares a los que causan las otras sustancias incluidas en la Lista IV de la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961".
"Además, se ha demostrado que los preparados de cannabis alivian el dolor y otros síntomas como los de la epilepsia y la espasticidad asociada a la esclerosis múltiple".
"En consecuencia, el nivel de fiscalización del cannabis y de la resina de cannabis debería prevenir los daños causados por su consumo y, al mismo tiempo, no representar un obstáculo para su uso y para la investigación y el desarrollo de preparados de esta planta con fines médicos".
"El Comité concluyó que el cannabis y la resina de cannabis no cumplen los criterios de inclusión en la Lista IV de Convención Única sobre Estupefacientes de 1961".
Esta es la Recomendación 5.1 del Comité de Expertos de la OMS que, tras dos años de aplazamiento, la ONU aprobó este 2 de diciembre del 2020. Fueron 27 los países que votaron a favor de aprobar este importante cambio, con lo que se logró una mayoría simple de los 53 Estados. Con esto, finalmente la ONU ha reconocido de manera oficial lo que la historia (uso ancestral) y las evidencias de la ciencia moderna nos indican: cannabis es medicina.
Incoherente votación de Perú: indigna, pero no sorprende
En medio de esta buena noticia, ha llamado la atención que el Estado de Perú haya votado en contra de este reconocimiento, a pesar de que nuestro país tiene una ley promulgada en el 2017 (Ley N° 30681) y un Reglamento aprobado en febrero del 2019 (Decreto Supremo N° 005-2019-SA) que reconocen las propiedades medicinales de la cannabis.
Esta votación, que fue hecha por Néstor Popolizio, representante permanente de Perú ante la ONU, no sorprende, ya que el Poder Ejecutivo ha venido dando graves señales de pretender retroceder en la regulación de la cannabis.
Por un lado, desde el principio, el Ministerio de Salud (Minsa) se demoró quince meses en elaborar un Reglamento para la ley de cannabis y, en un primer momento, quiso poner un límite de 0,5% de THC, la sustancia que tiene efectos como potente analgésico, relajante muscular, neuroprotector, broncodilatador y antiprurítico; y que tiene eficacia probada contra los síntomas de las personas que padecen dolor crónico, dolor neuropático, esclerosis múltiple, VIH/Sida y cáncer.
Además, el Minsa quiso que las personas con antecedentes penales no tengan acceso a cannabis con fines medicinales, lo que atentaba contra el derecho humano a la salud. Para ello, el Minsa recurrió a argumentos que carecían de sustento científico, como la declaración del funcionario Carlos Bromley sobre una supuesta dosis mortal con THC.
“4 gramos de THC son letales para el ser humano. Lo especifica la OMS”, dijo Bromley el 28 de junio del 2018 en la Comisión Especial del Congreso sobre el reglamento de la ley de cannabis.
¿Por que esto es humanamente imposible? En el 2006, se publicó, en la revista American Scientist, un estudio que estimaba que la dosis letal con cannabis se daría cuando una persona multiplique por 1,000 su dosis efectiva, lo cual lo hace imposible en la práctica.
Considerando que cada persona tiene una reacción particular al THC, supongamos que tenemos un caso en el que la dosis efectiva es 5 gotas de un aceite de 10ml con 5% de este compuesto psicotrópico. Con ello, para poner en peligro su vida, esta persona tendría que aplicarse 5,000 gotas, lo que equivale 25 frascos completos tomados de golpe.
Estas y otras falsas declaraciones han salido del Minsa en los últimos dos años, a pesar de que se cuenta con una normatividad que define al cannabis para uso medicinal como aquella planta con más de 1% de THC. Las que tienen menos d este porcentaje son consideradas como sustancias no controladas y son denominadas como cáñamo o hemp.
Ha sido precisamente el Ministerio de Agricultura (Minagri) el que nos respondió anteriormente que no estaba habilitada para cumplir con que el cáñamo sea sustancia no controlada.
El Ministerio del Interior (Mininter), por su parte, no ha cambiado sus políticas estigmatizadoras de la planta y criminalizadoras de sus usuarios. Lamentablemente, la Policía Nacional del Perú (PNP) ha continuado con campañas absurdas que muestran a la planta de cannabis como una sustancia dañina y mortal, pasando por detenciones arbitrarias, extorsión y secuestro en contra de ciudadanos hasta la quema de toneladas de cannabis, que podrían servir a miles de pacientes, pero que lamentablemente ni la analizan y la destruyen. El último 30 de noviembre, el Mininter informó sobre la quema de las drogas incautadas entre agosto y octubre de este año, entre las que habían 5,710 kg de flores de cannabis.
Para que el Poder Ejecutivo explique el motivo de la votación de Perú en la Comisión de Estupefacientes de la ONU (en contra de reconocer a cannabis como planta con usos medicinales), el mismo 2 de diciembre, el congresista Alberto de Belaunde envió un oficio a la Cancillería. Es importante saber quien ordenó esa incoherente votación, ya que Néstor Popolizio votó como representante del Estado peruano.
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